Comitè de Salud Sexual y Reproductiva |
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Dr. Pío Iván Gómez Sánchez (Coordinador) |
Dra. Claudia Santarelli Franco |
Dr. Lácides Moscote Amaya |
Dr. Javier Salas Bolaños |
Dra. María Cecilia Arturo Rojas |
Asesor de junta: Dr. Alfredo Barreneche Aaron |
DocumentacionSALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA En Colombia el concepto de Salud Reproductiva tiene unos 10 años de existencia, al reestructurarse el Ministerio de Salud y transformarse la División de Salud Materno-Infantil en División de Salud Reproductiva por la Ley 10 De Enero de 1990. Este cambio se genera por la insatisfacción con las limitaciones del concepto de Salud Materno-Infantil y la necesidad de incluir necesidades emergentes en esa época, como los derechos reproductivos de la mujer, la aparición de enfermedades de transmisión sexual como la clamidia y el SIDA, el concepto de “Riesgo Reproductivo”, el derecho de la mujer a la información para la toma de decisiones, etc. La Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, realizada en El Cairo, en 1994, consolida el concepto de Salud Reproductiva, al reconocer los gobiernos los derechos reproductivos contenidos en documentos internacionales sobre derechos humanos. Se lanza oficialmente el concepto de salud reproductiva en estos términos: Toda persona tiene derecho al disfrute del mas alto nivel de salud física y mental. La salud reproductiva es un estado general de bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo, sus funciones y sus procesos. La salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuando y con que frecuencia. El hombre y la mujer tienen el derecho a tener información y acceso a métodos seguros, eficaces, accesibles y aceptables de su elección para la regulación de la fecundidad, así como el derecho a recibir servicios adecuados de atención de la salud que permitan los embarazos y partos sin riesgos. La salud sexual esta encaminada al desarrollo de la vida y de las relaciones personales y no meramente al asesoramiento y la atención en materia de reproducción y de enfermedades de transmisión sexual. Los derechos reproductivos abarcan, entre otros, ciertos derechos humanos universalmente reconocidos:
En base a lo anterior, hoy en día se reconoce que todo individuo tiene derecho a:
DECLARACION DE MONTEVIDEO El Comité de Derechos Sexuales y Reproductivos de la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (FLASOG) y las Asociaciones miembros de la Federación Internacional de Planificación de la Familia, Región del Hemisferio Occidental (IPPF/RHO) reunidos en el Taller Latinoamericano “Aborto Legal por Causales de Salud” realizado en la ciudad de Montevideo, el día 9 de Abril del 2008, frente al reconocimiento del Aborto Inseguro como un grave problema de Salud Pública, de Derechos Humanos y de Justicia Social en América Latina y El Caribe. Considerando: Que los gobiernos de los países de América Latina y El Caribe son firmantes del Plan de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo celebrada en el Cairo (1994) y de la Plataforma de Acción de la Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en Beijin (1995), en donde se reconoció los Derechos Sexuales y Reproductivos de las personas como parte de los Derechos Humanos. Que a pesar de la reducción de la mortalidad materna observada en la mayoría de los países de América Latina, esta permanece aún inaceptablemente alta en la Región. Que aún persisten condiciones de injusticia social e inequidad que comprometen la salud de las mujeres latinoamericanas y que exponen a las más pobres a serias complicaciones del embarazo, parto y del puerperio que condicionan con frecuencia defunciones maternas. Que los Gobiernos de Latinoamérica y El Caribe están comprometidos con los Objetivos del Milenio, uno de los cuales obliga a la protección de la salud de las mujeres y a reducir para el año 2015 la mortalidad materna en tres cuartas partes. Dada la alta incidencia del aborto inseguro como causa de mortalidad materna en la Región, la mencionada meta no podrá ser alcanzada sin la existencia de políticas públicas que aborden el problema del embarazo no deseado/no aceptado y el aborto inseguro. Que en Latinoamérica y El Caribe, el aborto inseguro mantiene una frecuencia inaceptablemente alta y que las defunciones maternas por esta causal ocupan un lugar importante dentro de las diferentes estadísticas publicadas. Es muy probable que dentro de esos abortos inseguros, esté ocurriendo un número importante de abortos por razones de salud, que los especialistas calculan entre el 1 y 2% de los embarazos. Que, además, en Latinoamérica y El Caribe existe un porcentaje importante de muertes maternas ocasionadas por causas indirectas, las mismas que si se detectaran tempranamente o fueran resueltas a través de la solicitud de una interrupción del embarazo en condiciones legales, se evitarían esas defunciones. Que es posible reducir los abortos, desarrollando programas de educación sexual integral y facilitando la entrega de metodología anticonceptiva, que incluye la anticoncepción de emergencia. Si bien es cierto estas intervenciones reducirán la frecuencia del aborto; de acuerdo a la evidencia, seguirán existiendo abortos, para los cuales se requiere las mejores condiciones de seguridad y legalidad. Que existe un desconocimiento de los médicos, de las mujeres y del público en general, respecto al tema de la interrupción del embarazo establecida en las Regulaciones existentes a nivel de los países. Que existen aún barreras culturales, económicas, de acceso y disponibilidad de servicios para que las mujeres busquen la protección de su salud reproductiva y específicamente de la interrupción de un embarazo en condiciones legales. Que a pesar de lo establecido en los dispositivos legales y administrativos, aún no se han dictado las disposiciones complementarias, lo que ha traído como consecuencia que las instituciones de salud no estén prestando adecuadamente los servicios de interrupción del embrazo en condiciones legales. Que el Comité de Derechos Sexuales y Reproductivos y el Comité de Mortalidad Materna de FLASOG, en su Reunión Conjunta realizada en la ciudad de Lima el 9 y 10 de Mayo del 2006 reconocieron la necesidad de prestar los servicios de interrupción del embarazo en concordancia con lo que establecen las leyes de los países. ACUERDAN: Instar a los Gobiernos de América Latina y El Caribe a crear condiciones para la maternidad segura, fortaleciendo el cuidado de la salud sexual y reproductiva con un enfoque integral, desarrollando programas de educación sexual y asegurando la entrega de metodología anticonceptiva, lo que incluye la anticoncepción de emergencia. Instar a los Gobiernos de América Latina y El Caribe, a través de sus Ministerios de Salud para elaborar Regulaciones Sanitarias a fin de facilitar el acceso de las mujeres a la interrupción del embarazo en condiciones legales, por ser esta un instrumento que contribuye a preservar su vida y salud y a la reducción de las muertes maternas. Instar a las Sociedades y Federaciones de Obstetricia y Ginecología de los países afiliados a FLASOG y a las Asociaciones afiliadas a IPPF para trabajar mancomunadamente, impulsando la elaboración de las Regulaciones Sanitarias a nivel local dentro del mandato legal, y de este modo facilitar el acceso de las mujeres a los servicios de interrupción del embarazo, como un reconocimiento a sus derechos sexuales y reproductivos. Montevideo, Uruguay, 9 de Abril 2008
Revista Peruana de Ginecología y Obstetricia | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Tabla de contenido | |
EDITORIAL | |
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SIMPOSIO : Bioética en salud sexual y reproductiva | |
· Presentación / Prologue · Principios básicos de bioética / Bioethics fundamental principles. · Secreto profesional y confidencialidad en la prestación de servicios de salud sexual y reproductiva. / Professional secrecy and confidentiality in sexual and reproductive health services provision. · Clarificación de valores para la transformación de actitudes; una herramienta para el mejoramiento de la calidad de la asistencia a mujeres en situación de aborto / Clarifying values for attitudes changes; a tool for improving quality assistance to women in abortion situation. · El consentimiento informado en la prestación de servicios de salud sexual y reproductiva / Informed consent in provision of sexual and reproductive health services. | |
